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Reforma de edificios con IVA reducido

En este artículo hablaremos sobre los requisitos necesarios para beneficiarse de la Reforma de edificios con IVA reducido.

Requisitos necesarios para la reforma de edificios con IVA reducido

Reforma de edificios con IVA reducido
Buenas noticias, no todo son subidas de impuestos, en algunos casos y sobre todo en este que nos ocupa, el de reformar, rehabilitar o renovar nuestra vivienda, podemos beneficiarnos, siempre y cuando cumplamos los requisitos para ello, de una tasa de impuestos más baja, reducida al 10% cuando si no fuese así tendríamos que añadir el 21% de IVA a nuestra reforma, una cantidad nada desdeñable cuando hablamos de presupuestos de obra.

Nos alegra saber que podrán beneficiarse de este tipo de IVA reducido los trabajos de reforma de edificios que cumplan con los siguientes requerimientos:

Que el precio de las reformas que vayamos a realizar supere el importe total que tuviese el edificio al principio de las obras, restándole a lo que nos costó la vivienda en su día la parte proporcional que correspondiera al suelo, o un 25% del coste de la vivienda si la compra la hemos efectuado dos años antes de comenzar la reforma de la misma, y durante este periodo.

También podremos obtener esta reducción del impuesto, cuando más de la mitad del presupuesto de la reforma se destine a obras de estructuración del edificio, fachadas, cimientos, cubiertas y todo tipo de arreglos de estas características.

Entraran en el descuento todas las obras que se realicen que tengan que ver directamente con las anteriores mencionadas, que proporcionen seguridad y estabilidad al edificio, y sean necesarias para el correcto funcionamiento y durabilidad del mismo, y sean necesarios para la habitabilidad de los propietarios.

Ascensores, rampas, grietas en las paredes interiores o exteriores, alumbramiento, fontanería, climatización, no estarán sujetas a este descuento, por supuesto si las reformas realizadas, son simplemente para embellecer el edificio y sus alrededores.

Este tipo de descuento está únicamente destinado a personas físicas o comunidades de propietarios que residan en la vivienda y que la dicha sea para uso particular, no obtendrán el descuento del IVA en otro caso.

Resulta muy interesante contar con este tipo de ayudas a la hora de reformar nuestro edificio, ya que en algunos casos es muy necesario, tanto en casos donde la construcción de nuestro edificio no hay sido la más adecuada, en estos tiempos nos encontramos muchas veces con viviendas en las que nos prometían unas calidades, y nos encontramos con que en poco tiempo todo se ha ido deteriorando.

Donde comprobamos que el consumo energético es elevado y no el más eficiente o adecuado para nosotros y el desarrollo sostenible, habiendo hoy tantas posibilidades para reducir el consumo de las facturas y además contribuir con el medio ambiente, cerramientos de mala calidad, sistemas de seguridad y de incendios obsoletos, accesos y ascensores pequeños que no están adaptados para personas con minusvalías y entre estas muchas otras cosas que el día que adquirimos la vivienda no detectamos y que con el paso del tiempo comprobamos que se pueden mejorar.

Hay muchísimas razonas por las cuales podemos necesitar reformar nuestro edifico, y contar con algún tipo de rebaja en la factura siempre viene bien, por ello si está pensando en hacer cualquier tipo de obra en su comunidad, consulte siempre y asesórese con los mejores especialistas y no escatime en los aspectos más importantes como la seguridad y la accesibilidad y por supuesto el ahorro energético, contrate siempre empresas profesionales y con experiencia como Jatrián S.L.

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